02 abril 2015

Tema: La Constitucion de 1949 : El sistema electoral en la nueva constitucion



 La Constitucion de 1949 : El sistema electoral en la nueva constitucion

“Porque la verdad verdadera es esta: en nuestra patria no se debate un problema entre libertad o tiranía, entre Rosas y Urquiza; entre democracia y totalitarismo. Lo que en el fondo del drama argentino se debate es, simplemente, un partido de campeonato entre la justicia social y la injusticia social”
                                               Juan Domingo Peron, discurso del  12 de Febrero de 1946 [1]
Introduccion
El 24 de febrero de 1946 el triunfo de la formula de la coalición peronista  llevo a la presidencia al Gral. Juan Domingo Perón que se impuso por 1.486.866 votos contra 1.288.880 votos de la coalición política que llevo el nombre de Unión Democrática. La victoria electoral le permitio obtener el 70 % de las bancas de la Camara de Diputados, 28 de las 30 senadurias  del Senado de la Nacion y todas las gobernaciones de la provincia a excepción de Corrientes.
En triunfo electoral del año 1948 en los comicios legislativos permitio al partido gobernante afianzar la mayoría parlamentaria. Los logros economicos obtenidos y las mejoras sociales que el partido peronista había aportado al sector mas postergado de la economía obtuvieron en los comicios un amplio consenso electoral. Como destacan Pablo Gerchunoff y Damian Antunez tres fueron los ingredientes del programa económico del gobierno desde 1946. La expansión del gasto publico, la participación del Estado en el papel productivo de la economía sumado a la nacionalización de servicios públicos. Junto a una politica de redistribución del ingreso complementado con un conjunto de incentivos que premio al desarrollo del mercado interno desistimando la producción destinada al mercado internacional.[2]
La reforma constitucional de 1949  
La reforma constitucional comenzó a diagramarse en forma oficial desde marzo 1948 hasta enero 1949. Las reuniones del líder político junto con los legisladores integrantes de la Comisión de Asuntos Constituciones y un grupo de reconocidos juristas entre los cuales Arturo Sampay, confeccionaron el Anteproyecto y fundamentos de la Reforma Constitucional con directivas de preservar el régimen republicano, representativo y federal.[3]
La reforma constitucional según explicita Sampay se componía de dos partes: la parte organica que referia a la manera de repartir el poder politico  y elegir a los hombre que que lo ejercen; y la parte dogmatica conformada por las declaraciones,derechos y garantías, que establecia los objetivos del los siguiente objetivos fundamentales: la valorización de la familia como base de la sociedad argentina; el establecimiento de un ordenamiento económico basado en la soberanía de los recursos naturales, la conformación de un ser nacional con valores propios al territorio lejano a la influencia extranjera; replantear la función del ámbito rural y de los actores sociales, político y económicos en función de una refundación de espacios físicos y económicos.
El 3 septiembre de 1948 el Poder Ejecutivo promulgo la ley 13.233 que establecía la necesidad de la “revisión y reforma de la Constitución Nacional, para suprimir, modificar, agregar y corregir sus disposiciones para la mejor defensa de los derechos del pueblo y del bienestar de la Nación”.[4] Para la aprobación de la necesidad de la reforma en el Congreso el  partido oficialista realizo una interpretación propia del Art. 30 de la Constitución considerando que la reforma podía aprobarse con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes y no del total de los miembros de la Cámara Legislativa. La jugada política provoco la reacción de la oposición considerando inconstitucional de la ley y el pedido de reforma.
El 5 de diciembre de 1948 en las elecciones de los convencionales constituyentes el partido peronista obtuvo el 61,38 % de los votos contra el 26 % de los radicales. La Asamblea Constituyente comenzó a sesionar el 24 de enero de 1949 con la presidencia del gobernador de la Provincia de Buenos Aires Cnel. (R) Domingo Mercante.

La oposición planteo su posición frente a la reforma realizando un paralelismo entre los regímenes totalitarios que habían surgido en Europa a comienzo de la década del 30 con el gobierno peronista en  poder. Moisés Lebensohn convencional constituyente por el radicalismo se centra la argumentación de la oposición en  la Asamblea “Por primera vez en la historia de los partidos políticos argentinos, la estructura que está rigiendo al partido oficial es exactamente la misma de los partidos totalitarios, y en ella y en su vinculación con el Estado naufragan todas las instituciones constitucionales” posteriormente agrega “...No existe separación de poderes cuando el consejo superior del partido oficial que actúa bajo la jefatura del presidente de la Nación designa los candidatos a diputados nacionales que han de formar el otro poder del Estado, y hasta los propios convencionales que están ejerciendo el poder eminente de modificar la Carta Fundamental..”.[5]
La reforma constitucional del 49 tuvo entre sus principales iniciativas  la reelección presidencial del Gral. Juan Domingo Perón para un nuevo periodo de gobierno. Como señala Mercedes Prol en la reforma constitucional los funcionarios gubernamentales, convencionales y legisladores del Partido Peronista armaron el escenario institucional para favorecer la reelección del actual presidente. Tarea que termino de completarse con la Ley Orgánica de Ministerios, la Ley de organización de Partidos Políticos y la Ley Electoral de Nación sancionadas entre 1949 a 1951.
La nueva Constitución estableció un fuerte  intervencionismo estatal sobre las actividades sociales y económicas del país. Trasladando los controles del electores sobre las instituciones hacia funcionarios del Estado que recibían por el apoyo plebiscitario a través de los resultados electorales la legitimidad de sus actos.[6] Luego del golpe militar de septiembre de 1955, el gobierno militar a través del  Decreto 3838/57, decidió declarar la necesidad de una reforma constitucional y convocar a elecciones para conformar una Convención Constituyente y le impone un lapso sorprendentemente breve, que no puede superar los 45 días, con caducidad automática. La representación se establecería proporcionalmente. La convocatoria prohibió también la participación de los peronistas, realizando su voto en blanco. Mediante dicha reforma incorporó a la Constitución un artículo nuevo conocido como artículo 14 bis referido a los derechos del trabajo y la indicación de dictar un Código de Trabajo. Inclusión en la Constitución de los derechos sociales.



Bibliografía

Altamirano, Carlos, Bajo el signo de las masas (1943-1973). Buenos Aires, Ariel, 2001.pag 118-148.
Barry, Carolina, Evita Capitana, El Partido Peronista Femenino, 1949-1955, Buenos Aires, Eduntref, 2009.
Gerchunoff, Pablo y Antúnez, Damián. De la bonanza peronista a la crisis de desarrollo. En: Nueva Historia Argentina, tomo 8, Buenos Aires, Sudamericana, 2002.
Persello, Ana Virginia, “Partidos Políticos y corporaciones: las Juntas Reguladoras de la producción, 1930-1943”, en  Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani, 3era Serie, N°29, Facultad de Filosofía y Letras. Universidad de Buenos Aires, 2006, págs. 85 a 188.
Prol, Mercedes, “Democracia de masas, representación y división de poderes en la comprensión de los convencionales del Partido Peronista durante la reforma de la Constitución Nacional, (1948-1949)” en Itinerarios, Anuario del Centro de Estudios Espacio, Memoria Identidad, Rosario, UNR, 2008.
Rosanvallon, Pierre, El pueblo inalcanzable. Historia de la representación democrática en Francia, México, Instituto Mora, 1998.
                                                                                 


[1] Obras Completas Discursos del General Juan Domingo Perón (Febrero 1946 –Julio1947)
[2] Gerchunoff, Pablo y Antúnez, Damián. De la bonanza peronista a la crisis de desarrollo. En: Nueva Historia Argentina, tomo 8, Buenos Aires, Sudamericana, 2002.
[3] Prol, Mercedes, “Democracia de masas, representación y división de poderes en la comprensión de los convencionales del Partido   Peronista durante la reforma de la Constitución Nacional, (1948-1949)”
[4] Ley Nacional 13.233. 27/8/1948
[5] Lebensohn marcó el rumbo yrigoyenista al partido al desarrollar las Bases de acción política, que finalmente aprobará la Convención Nacional de la UCR. La Declaración de Avellaneda fueron la culminación del pensamiento lebensohniano. en el programa fundacional del MIR en el año 1945: reforma agraria, federalismo, democratización cultural, nacionalización de los servicios públicos, reforma financiera, defensa de la soberanía política, económica y espiritual del país.
[6] Prol, Mercedes, “Democracia de masas, representación y división de poderes en la comprensión de los convencionales del Partido   Peronista durante la reforma de la Constitución Nacional, (1948-1949)”

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