La Constitucion de 1949 : El sistema electoral
en la nueva constitucion
“Porque
la verdad verdadera es esta: en nuestra patria no se debate un problema entre
libertad o tiranía, entre Rosas y Urquiza; entre democracia y totalitarismo. Lo
que en el fondo del drama argentino se debate es, simplemente, un partido de
campeonato entre la justicia social y la injusticia social”
Juan
Domingo Peron, discurso del 12 de
Febrero de 1946 [1]
Introduccion
El 24 de febrero de 1946 el triunfo de
la formula de la coalición peronista llevo a la presidencia al Gral. Juan Domingo
Perón que se impuso por 1.486.866 votos contra 1.288.880 votos de la coalición
política que llevo el nombre de Unión Democrática. La victoria electoral le
permitio obtener el 70 % de las bancas de la Camara de Diputados, 28 de las 30
senadurias del Senado de la Nacion y
todas las gobernaciones de la provincia a excepción de Corrientes.
En triunfo electoral del año 1948 en los
comicios legislativos permitio al partido gobernante afianzar la mayoría
parlamentaria. Los logros economicos obtenidos y las mejoras sociales que el
partido peronista había aportado al sector mas postergado de la economía
obtuvieron en los comicios un amplio consenso electoral. Como destacan Pablo Gerchunoff
y Damian Antunez tres fueron los ingredientes del programa económico del
gobierno desde 1946. La expansión del gasto publico, la participación del
Estado en el papel productivo de la economía sumado a la nacionalización de
servicios públicos. Junto a una politica de redistribución del ingreso
complementado con un conjunto de incentivos que premio al desarrollo del
mercado interno desistimando la producción destinada al mercado internacional.[2]
La reforma constitucional
de 1949
La reforma constitucional comenzó a
diagramarse en forma oficial desde marzo 1948 hasta enero 1949. Las reuniones
del líder político junto con los legisladores integrantes de la Comisión de
Asuntos Constituciones y un grupo de reconocidos juristas entre los cuales
Arturo Sampay, confeccionaron el Anteproyecto y fundamentos de la Reforma
Constitucional con directivas de preservar el régimen republicano,
representativo y federal.[3]
La reforma constitucional según
explicita Sampay se componía de dos partes: la parte organica que referia a la
manera de repartir el poder politico y
elegir a los hombre que que lo ejercen; y la parte dogmatica conformada por las
declaraciones,derechos y garantías, que establecia los objetivos del los
siguiente objetivos fundamentales: la valorización de la familia como base de
la sociedad argentina; el establecimiento de un ordenamiento económico basado en
la soberanía de los recursos naturales, la conformación de un ser nacional con
valores propios al territorio lejano a la influencia extranjera; replantear la
función del ámbito rural y de los actores sociales, político y económicos en
función de una refundación de espacios físicos y económicos.
El 3 septiembre de 1948 el Poder
Ejecutivo promulgo la ley 13.233 que establecía la necesidad de la “revisión y
reforma de la Constitución Nacional, para suprimir, modificar, agregar y
corregir sus disposiciones para la mejor defensa de los derechos del pueblo y
del bienestar de la Nación”.[4]
Para la aprobación de la necesidad de la reforma en el Congreso el partido oficialista realizo una
interpretación propia del Art. 30 de la Constitución considerando que la reforma
podía aprobarse con el voto de las dos terceras partes de los miembros
presentes y no del total de los miembros de la Cámara Legislativa. La jugada política
provoco la reacción de la oposición considerando inconstitucional de la ley y
el pedido de reforma.
El 5 de diciembre de 1948 en las
elecciones de los convencionales constituyentes el partido peronista obtuvo el
61,38 % de los votos contra el 26 % de los radicales. La Asamblea Constituyente
comenzó a sesionar el 24 de enero de 1949 con la presidencia del gobernador de
la Provincia de Buenos Aires Cnel. (R) Domingo Mercante.
La
oposición planteo su posición frente a la reforma realizando un paralelismo
entre los regímenes totalitarios que habían surgido en Europa a comienzo de la
década del 30 con el gobierno peronista en
poder. Moisés
Lebensohn convencional constituyente por el radicalismo se centra la
argumentación de la oposición en la
Asamblea “Por primera vez en la historia de los partidos políticos argentinos, la
estructura que está rigiendo al partido oficial es exactamente la misma de los
partidos totalitarios, y en ella y en su vinculación con el Estado naufragan
todas las instituciones constitucionales” posteriormente agrega “...No existe
separación de poderes cuando el consejo superior del partido oficial que actúa
bajo la jefatura del presidente de la Nación designa los candidatos a diputados
nacionales que han de formar el otro poder del Estado, y hasta los propios
convencionales que están ejerciendo el poder eminente de modificar la Carta
Fundamental..”.[5]
La reforma constitucional del 49 tuvo
entre sus principales iniciativas la reelección
presidencial del Gral. Juan Domingo Perón para un nuevo periodo de gobierno. Como
señala Mercedes Prol en la reforma constitucional los funcionarios gubernamentales,
convencionales y legisladores del Partido Peronista armaron el escenario
institucional para favorecer la reelección del actual presidente. Tarea que
termino de completarse con la Ley Orgánica de Ministerios, la Ley de
organización de Partidos Políticos y la Ley Electoral de Nación sancionadas
entre 1949 a 1951.
La nueva Constitución estableció un
fuerte intervencionismo estatal sobre
las actividades sociales y económicas del país. Trasladando los controles del
electores sobre las instituciones hacia funcionarios del Estado que recibían
por el apoyo plebiscitario a través de los resultados electorales la
legitimidad de sus actos.[6]
Luego del golpe militar de septiembre de 1955, el
gobierno militar a través del Decreto 3838/57, decidió declarar la necesidad
de una reforma constitucional y convocar a elecciones para conformar una
Convención Constituyente y le impone un lapso sorprendentemente breve, que no
puede superar los 45 días, con caducidad automática. La representación se
establecería proporcionalmente. La convocatoria prohibió también la
participación de los peronistas, realizando su voto en blanco. Mediante dicha
reforma incorporó a la Constitución un artículo nuevo conocido como artículo 14
bis referido a los derechos del trabajo y la indicación de dictar un Código de
Trabajo. Inclusión en la Constitución de los derechos sociales.
Bibliografía
Altamirano, Carlos, Bajo el signo de las masas (1943-1973). Buenos Aires, Ariel, 2001.pag 118-148.
Barry, Carolina, Evita Capitana, El Partido Peronista Femenino, 1949-1955, Buenos Aires, Eduntref, 2009.
Gerchunoff, Pablo y Antúnez, Damián. De la bonanza peronista a la crisis de desarrollo. En: Nueva Historia
Argentina, tomo 8, Buenos Aires, Sudamericana, 2002.
Persello,
Ana Virginia, “Partidos Políticos y
corporaciones: las Juntas Reguladoras de la producción, 1930-1943”, en Boletín del Instituto de Historia Argentina y
Americana Dr. Emilio Ravignani, 3era
Serie, N°29, Facultad de Filosofía y Letras. Universidad de Buenos Aires, 2006,
págs. 85 a 188.
Prol, Mercedes, “Democracia de masas, representación y división de
poderes en la comprensión de los convencionales del Partido Peronista durante
la reforma de la Constitución Nacional, (1948-1949)” en Itinerarios,
Anuario del Centro de Estudios Espacio, Memoria Identidad, Rosario,
UNR, 2008.
Rosanvallon, Pierre, El pueblo
inalcanzable. Historia de la representación democrática en Francia, México,
Instituto Mora, 1998.
[2]
Gerchunoff,
Pablo
y Antúnez, Damián. De la bonanza peronista a
la crisis
de desarrollo.
En: Nueva Historia Argentina, tomo 8, Buenos Aires, Sudamericana, 2002.
[3] Prol, Mercedes, “Democracia
de masas, representación y división de poderes en la comprensión de los
convencionales del Partido Peronista durante la reforma de la
Constitución Nacional, (1948-1949)”
[4]
Ley Nacional 13.233. 27/8/1948
[5] Lebensohn marcó el rumbo
yrigoyenista al partido al desarrollar las Bases de acción política, que finalmente
aprobará la Convención Nacional de la UCR. La Declaración de Avellaneda fueron
la culminación del pensamiento lebensohniano. en el programa fundacional del
MIR en el año 1945: reforma agraria, federalismo, democratización cultural,
nacionalización de los servicios públicos, reforma financiera, defensa de la
soberanía política, económica y espiritual del país.
[6] Prol, Mercedes, “Democracia
de masas, representación y división de poderes en la comprensión de los
convencionales del Partido Peronista durante la reforma de la
Constitución Nacional, (1948-1949)”
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